¿Se puede entrar comida al cine? Estas son las políticas de las principales salas de Colombia
Le contamos cuáles normas protegen al consumidor y a las empresas privadas para dar respuesta a esta recurrente pregunta.
Le contamos cuáles normas protegen al consumidor y a las empresas privadas para dar respuesta a esta recurrente pregunta.
Uno de los planes favoritos de las personas es el cine, cada mes llegan nuevas películas que impactan a la audiencia y despiertan la crítica de los fanáticos y expertos en esta temática. Sin embargo, uno de los debates que se ha abierto en más de una oportunidad es sobre si se puede o no entrar comida externa a las salas de cine del país.
Los expertos de ‘Sí Reclamo’, plataforma que pretende proteger los derechos de los consumidores en Colombia, han hablado sobre el controversial tema y ha abierto un poco el panorama, pero también le explicamos acá lo que dice la ley para las empresas.
El abogado Claudio Castrillón explicó en uno de sus videos que, según la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, está prohibido revisar a las personas y las pertenencias de la misma, algo que solo pueden hacer las autoridades públicas. Además, «impedir el ingreso de alimentos similares a los que venden en los cines, puede constituir una cláusula abusiva por violar el derecho a la libre elección que tienen los consumidores». Un ejemplo de país en Latinoamérica que le ha puesto la lupa al tema es Perú, donde se declaró esta práctica como algo abusivo.
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No se ha hecho gran cosa al respecto. En diferentes oportunidades se ha abierto el debate sobre entrar comida externa al cine. No hay ninguna ley en Colombia que prohibida o autorice a los cines impedir la entrada de alimentos que no se hayan comprado allí, sin embargo, si de documentos legales se trata, lo único es la Ley 1480 de 2011, que dice que los consumidores tienen el derecho de recibir productos y servicios en condiciones de calidad, seguridad e información adecuada.
Con esta norma, algunos usuarios reclaman, ya que ampara a los consumidores en situaciones donde sientan que son vulnerados sus derechos.
Los establecimientos como las salas de cine, que son privados, cuentan con el derecho de admisión, lo que les permite poner sus propias reglas. La mayoría de salas del país impiden el ingreso de alimentos mediante esto, usualmente, explicando que es para mantener la limpieza y el orden en las instalaciones.
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Ministerio de Industria y Comercio en el artículo 333 de la Constitución Política afirma que “las salas de cine pueden tener sus propias políticas o reglas internas que atiendan aspectos de salubridad pública y garanticen el goce efectivo de los derechos de los demás usuarios respecto del servicio que se presta”.
En conclusión, constitucionalmente no es ningún delito que prohíban la entrada de comida al cine, sin embargo, no es permitido que sus pertenencias sean revisadas por personal privado.