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¡Le puede salir caro el antojo! Esto cuesta la multa por comer dentro de un TransMilenio

Algunas acciones están prohibidas en el TransMilenio, con el fin de poder proteger la infraestructura de este transporte masivo.

Andrés Contreras
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TransMilenio es el medio de transporte más utilizado por los bogotanos durante el día a día. Este permite recorrer largas distancias, lo que es útil al tratarse de una ciudad tan extensa en cuanto a su tamaño.

Algo poco conocido aún así, es que este medio de transporte presenta una serie de reglas, las cuales deben cumplirse en caso de ser utilizado, para así poder evitar el deterioro de los vehículos y de las instalaciones.

Es por ello que, desde TransMilenio, se establece el Manual del Usuario, donde se dejan en claro algunas faltas que en caso de ser cometidas pueden implicar graves multas que afecten su bolsillo.

¿Multa por comer en TransMilenio?

Pocas personas saben que comer en el TransMilenio no está permitido, e incluso esto implica una falta de multa.

Según estipula el Manual del Usuario «quien consuma alimentos, bebidas, derivados del tabaco o sustancias prohibidas al interior de los buses o intraestructura del Sistema» estaría cometiendo una multa tipo 1.

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En este caso, la multa que se le es aplicada al ciudadano es de 4 salarios mínimos diarios legales vigentes de acuerdo al momento de la falta.

Por ende, en caso de que esto sea realizado durante este año, la multa a pagar correspondería a un total de 173.332 pesos, considerando que el día de trabajo en Colombia es equivalente a 43.333 pesos colombianos.

Otras multas más graves

Aunque esta se pueda ver como una falta leve, en el Manual del Usuario de TransMilenio se estipulan algunas infracciones que pueden ser más graves, e incluso representen una multa más fuerte.

Entre las multas tipo de 2, se puede encontrar «quien transporte mascotas en vehículos de transporte público» algo que representa 8 salarios mínimos diarios, es decir 346.664.

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Por otro lado, dentro de las multas de tipo 3 se puede encontrar «quien obstaculice o impida la movilidad o el flujo de usuarios en el Sistema», lo que es equivalente a 693.328 pesos colombianos de multa a pagar.

Y finalmente entre las multas de tipo 4, resaltan aquellos que «perturben en los medios de transporte público la tranquilidad de los demás ocupantes, mediante cualquier acto obsceno». Dicha falta implica una multa que ya alcanza lo 32 salarios mínimo diarios vigentes, algo que ya representa 1.386.656 pesos colombianos como cantidad a pagar.

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